Con el PPWR, en el año 2030 el plástico reciclado será el nuevo oro de Europa

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En el post anterior habalmos de la construcción de nuestros empaques y envases y cuál será su nota de reciclabilidad entre la A y la E. Hoy toca la otra cara de la misma moneda y hablar de qué están hechos los embalajes. Porque el Reglamento PPWR no solo exige que el embalaje pueda reciclarse. Sino que, para los plásticos, exigirá a partir del 2030 que contenga material reciclado y con las calidades adecuadas para cada producto. Y ahí empieza una carrera que conviene empezar a planificar desde ya para evitar los costos no planificados.

¿Qué dice el PPWR sobre esto?

El artículo 7 del Reglamento 2025/40 (PPWR) establece porcentajes o cuotas mínimas de contenido reciclado posconsumo (PCR, Post-Consumer Recycled, por sus siglas en inglés) para los embalajes de plástico. Estos deberán de ser calculados como un promedio por planta de fabricación y por cada año.

  • Desde el 1 de enero de 2030: 30% en botellas de bebidas de un solo uso, 30% en embalajes en contacto con alimentos hechos principalmente de PET, 10% en los de otros plásticos en contacto con alimentos y 35% en el resto de embalajes plásticos.
  • Desde el 1 de enero de 2040, esos números aumentan muchísimo a 65%, 50%, 25% y 65%, respectivamente. Es importante agregar que habrá ciertas excepciones: embalajes de medicamentos y dispositivos médicos, alimentos para bebés, plásticos compostables, transporte de mercancías peligrosas y las partes plásticas que pesen menos del 5% del total del embalaje.

Sin duda, estos porcentajes son preocupantes por las obligaciones que conllevan en la vida de anaquel de muchos de los productos. Por un lado, abre la puerta a buscar otros materiales no plásticos como yute, papel o cartón —como se usa en la exportación de buena parte del café, el cardamomo o el azúcar, por ejem. o buscar desde ya proveedores certificados de la calidad de los plásticos reciclados a precios competitivos.

En este punto, es importante resaltar que el problema a gestionar desde ya aparece por ciertos componentes plásticos como las capas interiores en ciertos empaques, bolsas de válvula, botellas de PET, bandejas para alimentos o los films que agrupan los productos. Todos estos embalajes sí contarán y todos deberán analizarse uno a uno con mucho detalle.

No todo el plástico reciclado se podrá utilizar

No todo el plástico reciclado cuenta y esto es importante saberlo desde ya. Solo se permitirá contar como plásticos reciclados el el material postconsumo. Esto quiere decir que, solo el plástico que un consumidor final usó y desechó se podrá utilizar para ser reciclado en resinas nuevas. No cuenta el llamado material “preconsumo” o “postindustrial” como los recortes y sobrantes de la propia fábrica en su proceso productivo, por más que la hoja técnica de un proveedor los presente con la etiqueta de “reciclado”. Si vamos a pagar por contenido reciclado, tenemos que exigir que sea del que la norma reconoce. Algo lamentable, porque el plástico postindustrial es un materila igual de importante para crear una economía circular rentable y que permita maximizar el uso de los recursos.

¿Dónde estará el cuello de botella para conseguir los plásticos reciclados que exige el PPWR?

Ya que a partir del año 2030, toda Europa saldrá a comprar el mismo material reciclado al mismo tiempo, la ley de Oferta y Demanda es clara. Ya que la demanda se disparará, pero la oferta de plásticos reciclados PCR de calidad no alcanzará. Y mucho menos alcanzará ese PCR que requerimos para embalajes con grado apto para contacto con alimentos. Los analistas del mercado de polímeros ya anticipan un “cuello de botella” entre 2028 y 2030, con el plástico reciclado cotizándose bastante por encima del virgen (hoy, según cada tipo de plástico, el sobreprecio rondaría en un incremento del 15% al 30% por tonelada).

Un ejemplo con números lo hace tangible. Tomemos el material que será más buscado: el PET reciclado grado alimenticio (rPET-FGP), que es el utilizado para cualquier envase de alimentos o bebidas en plástico. La referencia europea actual es pública y si, a abril de 2026, la tonelada se vendía en Europa occidental a unos €1.680/tonelada (unos US$1.850) y ya se cotiza con una prima cercana a €686 sobre el PET virgen. Con el ingreso del PPWR, que dispare en 30% la demanda europea justo cuando la oferta aún no madura, ese precio no tendrá por qué bajar y el escenario más probable es que suba ya que la construcción de nuevas plantas y la mejora en la recolección a escala global no aumentará a la misma velocidad.

Con este ejemplo vemos en el mercado de Europa noroeste los valores de mercado observados 2023–2026 (referencia S&P Global Platts) y proyección de escenario 2027–2030 bajo el choque de demanda del PPWR. Comparado con el precio en Guatemala y la estimación de costo a partir del precio real de acopio de botella PET (~US$0.15/libra en 2023) y la estructura de costos del rPET para América Latina —ojo que no existe todavía un precio publicado de rPET grado alimenticio en el país como fuente pública y es un mercado de rPET muy reducido—. Cifras ilustrativas, no cotizaciones; elaboración propia.

La gráfica cuenta una historia en dos planos. Primero, la europea: un precio ya alto que, con el PPWR en 2030, tenderá a incrementarse aún más. Y aquí la lección es sencilla y poco romántica: quien asegure hoy su proveedor de PCR o de otros materiales no plásticos, con contrato y volumen, comprará mejor y más barato que quien salga a buscarlo en 2029, cuando el mercado esté al rojo vivo.

¿Podremos utilizar el plástico reciclado de nuestras propias regiones?

Este es un punto del que poco se habla en Europa y, por lo tanto, no conocemos mucho en terceros países. El reglamento PPWR permite que el material reciclado provenga de residuos plásticos recolectados y reciclados dentro de la Unión Europea… o fuera de ella, siempre que ese material provenga de una cadena que respete condiciones equivalentes a las europeas en recolección separada y desempeño ambiental del reciclaje. Wsto signfica que las empresas que les venderán en sus países este rPET postconsumo deberán de contar con:

  1. Materia prima de recolección separada DEMOSTRABLE. El plástico debe venir de residuos posconsumo recogidos de forma separada (no rescatados de un vertedero mezclado), mediante un método de recolección equivalente al europeo y con su origen documentado.
  2. Una tecnología de reciclaje “reconocida”. Para grado alimenticio, el proceso debe usar una tecnología que la UE considere “adecuada”. El reciclaje mecánico de PET —el de botella-a-botella— ya está reconocido; una tecnología nueva o exótica debe ser evaluada y autorizada por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés), un trámite que seguro les tomaría años.
  3. Inscripción en el registro europeo. El reciclador de fuera de la UE deberá figurar en el registro de la Unión (Union register) para poder vender rPET de contacto alimentario aún si su cliente está en un tercer país como Guatemala o Costa Rica; sin ese registro, el material simplemente no entrará.
  4. Cumplimiento de las reglas de contacto con alimentos. Hay que demostrar que el material respeta los límites de migración y las sustancias autorizadas del Reglamento 10/2011 de la UE y las buenas prácticas de fabricación, aún cuando la planta esté en Centroamérica o Sudamérica.
  5. Desempeño ambiental equivalente. El proceso de reciclaje debe cumplir estándares ambientales (emisiones, control de calidad) equiparables a los europeos y deberán tener evidencias demostrables o auditadas.
  6. Certificación por un tercero y trazabilidad total. Un auditor independiente deberá certificar el sistema de calidad completo, y cada lote deberá ser trazable y poder rastrearse desde la botella recolectada hasta el granulo final, con declaraciones de conformidad disponibles para las autoridades en pocos días.

¿Es realmente posible para nosotros… o saldrá demasiado caro?

La respuesta honesta es: sí es posible, pero no será ni barato ni inmediato. Conviene separar dos cosas:

  • La buena noticia: para el PET botella-a-botella —el caso más común— la tecnología ya está reconocida, así que no hay que pasar por la aprobación de varios años que sí enfrentan las tecnologías nuevas. El camino existe pero hay que cumplir con los otros pasos.
  • El verdadero y oculto costo real no está en reciclar y en la inversión en tecnología (claro, que no es algo barato y las empresas invierten millones de dólares en maquinaria). Sino que el costo más alto está en todo lo que rodea al reciclaje: desde educar a la población, y contar con los incentivos municipales y legales en cada país, para que solo así se haga rentable montar una planta o línea de recolección separada con estándares de calidad europea sobre sistemas que en nuestros países siguen siendo en buena parte informales y sin la trazabilidad requerida. Además, de pagar la descontaminación grado alimenticio con las maquinas especializadas y pagar los servicios de auditorías anuales que den un soporte documental certero. eStos son todos costos que serán en su mayoría fijos y que solo se diluyen con volumenes grandes como los que algunas marcas verticales de embotelladoras de gaseosas o jugos pueden actualmente darse el lujo de pagar.

La conclusión: para un reciclador pequeño y en solitario, cumplir probablemente resulte demasiado caro y lo mismo ocurrirá para un exportador pequeño que deberá empezar a buscar soluciones en otros materiales de embalaje no plásticos. Sin embargo, para las empresas de economía de escala como las grandes corporaciones o multinacionales, este análisis cambia, porque nuestra ventaja de costo en materia prima y mano de obra puede más que compensar el gasto de cumplir con el listado de arriba. La barrera, para ser muy claro no es la máquina de reciclar, sino es el construir en Guatemala u otro país del sur global la recolección separada y la trazabilidad al nivel que Europa y sus estándares de calidad nos exigirán.

Nota: la Comisión abrió recientemente una consulta pública (call for evidence) dedicada, entre otras cosas, a las condiciones para importar plástico reciclado de terceros países (INGRESAR EN ESTE LINK), preguntando incluso cuáles son los principales países de origen. Es decir, las reglas de equivalencia para el reciclado importado se están escribiendo ahora mismo e invito a todas las empresas que utilizan embalajes plásticos a dar su opinión libre. Vale la pena seguir de cerca ese expediente, porque de él dependerá si nuestra región puede pasar de ser solo proveedora de materia prima a ser también proveedora de reciclado certificado y a continuar exportando productos manufacturados con embalajes plásticos.

El dato aún no está del todo cocido

Un matiz técnico que conviene manejar con cuidado: las cuotas están fijadas, pero la aritmética para calcularlas todavía no. La metodología oficial para calcular, verificar y certificar el contenido reciclado llegará por Acto de Ejecución (artículo 7.8), y los criterios que decidirán qué tecnologías de reciclaje —incluido el reciclaje químico y la contabilidad por “balance de masa”— podrán generar contenido computable llegarán por Acto Delegado (artículo 7.9). Ambos tienen fecha límite: el 31 de diciembre de 2026.

¿Qué hacemos mientras tanto? No esperar. La recomendación es empezar ya a construir la “infraestructura de prueba” —rastreo de cadena de custodia y contabilidad de material— y buscar proveedores que ya ofrezcan este plástico postconsumo porque el embalaje que no costeemos hoy no lo podremos completar exportar con tiempo para 2030.

Qué podemos hacer desde ya:

  1. Separar lo que aplica: identificar qué componentes de nuestro embalaje son plástico y, por tanto, sujetos a los porcentajes a partir de 2030.
  2. Asegurar proveedor de PCR con contrato y volumen, antes de que el mercado se tense.
  3. Exigir que sea posconsumo y con cadena de custodia documentada; desconfiar del “reciclado” que en realidad son recortes de fábrica.
  4. Vigilar el expediente de reciclado importado de la Comisión: puede abrir espacio a una cadena regional que califique.

En el próximo post cambiaré de tema y entraremos al terreno del DISEÑO Y LA INNOVACIÓN donde el modelo de negocio, y no solo el material, se pone en juego: la reutilización, la recarga y la minimización del embalaje.

Revisa que tu empresa cumple los requisitos de Diligencia Debida para combatir la Deforestación

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Aunque en América Latina, y específicamente en Guatemala, se han logrado grandes avances en reforestación en las últimas décadas, todavía enfrentamos importantes desafíos por delante en el resto del mundo. Ante este contexto global, la Unión Europea implementará el Reglamento de Deforestación (EUDR, por sus siglas en inglés) que busca analizar a partir del 1 de enero de 2025 la cadena de producción de siete productos:

  • café,
  • aceite de palma,
  • cacao,
  • madera,
  • ganado bovino,
  • caucho y
  • soya

El café, el aceite de palma, el cacao y la madera los principales productos afectados de la economía guatemalteca y estas industrias emplean casi un millón de trabajadores del agro anualmente. Como resultado, cientos de empresas productoras y agricultores guatemaltecos deberán asegurar el cumplimiento de requisitos de diligencia debida y garantizar que sus productos, que alimentan a los más de 450 millones de habitantes de la UE, son productos libres de deforestación.

Como se observa en la siguiente gráfica, Guatemala ha logrado grandes pasos para reducir la deforestación desde el año 2001 y se proyecta que, en los próximos años, el país habrá alcanzado niveles positivos de cobertura forestal gracias a las políticas implementadas por el CONAP e INAB en alianza con comunidades locales, empresarios y agricultores.

Desafortunadamente, en otras regiones del mundo la historia no ha sido igual de positiva como en Guatemala. Según la encuesta anual del Instituto de Recursos Mundiales, en el año 2022 la pérdida mundial de bosques ascendió a 4.1 millones de hectáreas (+10% versus 2021) como resultado de prácticas agrícolas no sostenibles. Como resultado, la deforestación ha puesto en riesgo los ecosistemas locales y contribuido a la aceleración del cambio climático del planeta. Para contribuir a este ritmo de deforestación, el EUDR europeo aspira a detener el ritmo de deforestación en línea con los compromisos firmados por los países del mundo en importantes eventos como las Convenciones de Río y muchos otros acuerdos y tratados firmados y ratificados por Guatemala desde el siglo pasado.

A pesar de que el reglamento EUDR de la UE marcará un paso muy importante para abordar este problema que lleva siglos de consumo lineal aún existen retos a nivel de gobierno y empresas que siguen sin una respuesta concreta respecto a la Diligencia Debida, Mapeo y Geolocalización, Capacitaciones y Procedimientos que las empresas deberán de cumplir y estar preparados para cumplir los nuevos requisitos para la producción y comercio internacional que permitan un flujo sostenible de los recursos y un mapeo de la información cada vez más sostenible.

Ejemplo de un Sistema de trazabilidad en una cadena de suministro agrícola

A continuación les comparto algunas recomendaciones que nos podrán prepararnos y priorizar acciones, mientras nos preparamos para cumplir con la diligencia debida de los productos mencionados en el Reglamento de Deforestación:

  1. Debido a que serán los operadores y comerciantes europeos los que deben demostrar que sus productos están libres de deforestación, es importante mantener una comunicación directa con ellos para preguntar por su conocimiento sobre el tema, informales que las empresa y los gobiernos de América Latina nos estamos preparando para cumplir los requisitos de normativa local vigentes en respeto de una larga lista de obligaciones comerciales, legales y civiles que se exigirán demostrar y presentar la evidencia requerida para demostrar que no se ha deforestado las áreas productivas versus el año 2020. Asimismo, este es aún un excelente momento para solicitar a los operadores sus dudas y preguntas para que los gobiernos locales en América Latina nos permitan consolidar respuestas alineadas y evitar que trabajo innecesario de parte de nuestras empresas.
  2. Debido a que las empresas en Guatemala estarán obligadas a recopilar las coordenadas geográficas de las parcelas de tierra donde se produjeron los productos, es importante solicitar a los gobiernos locales información respecto a qué sistemas nacionales se utilizarán para presentar las imágenes satelitales que verificarán la geolocalización.
  3. Evaluar amenazas, riesgos y mitigación a nivel empresarial es uno de los primeros pasos que las empresas deben realizar para identificar las brechas de mejora respecto a la trazabilidad de geolocalización o de legislación para solicitar, con tiempo, apoyo a los gobiernos locales y elaborar los planes de mitigación de riesgos que consideren necesarios.
  4. Las empresas latinoamericanas debe contribuir con sus gobiernos locales a generar datos estadísticos de protección forestal, reforestación y cumplimiento de prácticas comerciales sostenibles con el fin de elaborar documentación a nivel de país verificable, medible y de cumplimiento de las regulaciones internacionales y estándares altos de protección de los derechos humanos.
  5. Dado que las certificaciones internacionales como Rainforest Alliance, FSC, PEFC y muchas otras no serán aceptadas como evidencia de la diligencia debida y geolocalización según las autoridades europeas, es necesario que las empresas revisen la documentación que ya se presenta para cumplir estas certificaciones y que indaguen con sus gobiernos locales qué otros requisitos deben ser presentados. Lo anterior contribuirá a una mayor trazabilidad y acceso a información a nivel de parcelas de tierra que permitirá una mejor toma de decisiones en las cadenas de suministro para evitar la pérdida de bosques.
  6. Por último, a pesar de que la trazabilidad a nivel de plantas, beneficios de café o bodegas de exportación es un paso intermedio importante para lograr una trazabilidad total, el EUDR exige que las empresas rastreen los productos hasta su origen de cultivo y cosecha con coordenadas exactas a nivel de plantación. Esto requerirá que las empresas se reúnan con todos sus proveedores y trabajen en equipo para mapear las cadenas de suministro completas y se incluyan incluso los proveedores indirectos de productos, materias primas y empaques.

A ocho meses de que la UE empiece a exigir la diligencia debida y geolocalización de la producción de los productos que ingresan a su territorio, nuestras empresas deben continuar prestando mucha atención a la solidez y el alcance de los programas de trazabilidad y seguimiento que ya existen en sus empresas. Estos sistemas internos serán vitales para garantizarles cumplir con los requisitos de diligencia debida en todas las cadenas de suministro cubiertas por el reglamento y, como en el caso de Guatemala, contribuir a acelerar este camino de reforestación nacional que nos permitirá convertirnos en países que han dejado la deforestación como una cosa del pasado. La implementación de prácticas de economía circular es una gran oportunidad para que se fortalezca la colaboración entre proveedores, empresas, gobiernos y actores de la sociedad civil para asegurar que la producción de nuestros alimentos sea cada vez más sostenible.